CIEF Consulting Integral en Formación

Subvenciones y promociones

Bonificaciones

Cief está constituida como entidad organizadora ante FEFE, ofrece a todas aquellas empresas que lo deseen, la posibilidad de gestionar todos los trámites necesarios para la obtención de las bonificaciones previstas por ley.

Cief os puede ayudar facilitándoos el trabajo de gestión.

  

Si os interesa recibir más información, por favor, cumplimentad este formulario.

 

SISTEMA DE BONIFICACIONES A LAS EMPRESAS SEGÚN EL RD 395/2007 PARA LA FORMACIÓN CONTINUA

 

Els sistema de formación continua establecido legalmente, permite que las empresas que formen a sus trabajadores tengan la posibilidad de recuperar total o parcialmente las inversiones realizadas en formación mediante la aplicación de bonificaciones en sus boletines de cotización a la Seguridad Social.

 

Pueden disfrutar de esta inversión todas las empresas que estén en España independientemente de sus características en relación con el número de trabajadores, ubicación, actividad y volumen de cotización a la Seguridad Social.

 

Las bonificaciones se pueden aplicar una vez realizada y abonada la formación a partir del mes posterior a la misma y hasta el mes de diciembre del año en curso que es la fecha límite.

 

El Crédito es la cantidad máxima de que dispone una empresa para poder bonificarse a partir de las cotizaciones realizadas en concepto de formación profesional.

 

Independientemente del crédito disponible se establece un coste máximo por participante y hora de formación; por ejemplo en formación presencial es de 9€ si es de nivel básico y de 13€ si es nivel medio o superior.

 

En el caso de nuestro agrupado de empresas, la determinación de los costes de formación y la cantidad a bonificar se simplifica al máximo. La aportación privada por parte de la empresa es decir,  su cofinanciación, se calcula en función del número de trabajadores y es como máximo de un 40% en el caso de las empresas de más de 250 empleados. La empresa puede justificarlo mediante los costes del personal partipante si se está formando dentro de su jornada laboral o bien con aportación económica.

 

Las empresas deben estar al corriente en cuanto a sus obligaciones con la Seguridad Social, deberán haber informado adecuadamente de las acciones formativas a su Representación  Legal de Trabajadores y a FEFE (Fundación Estatal para la Formación en el Empleo). Además deberán cumplir toda una serie de obligaciones formales: conservación de documentación justificativa, facturas, número de alumnos y duración mínima de la formación (6 horas), controles e inspecciones por parte de los organismos componentes etc.